Nuevo impuesto especial de plástico no reutilizable

Nuevo impuesto especial de plástico no reutilizable

El 1 de enero de 2023 se comenzará a aplicar el Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables en territorio nacional, afectando de forma directa a todos los plásticos que se presenten en la mercancía – ya sea por estar protegiendo, conteniendo o manipulado ésta misma -.

El paso a la sostenibilidad ha traído consigo la necesidad de incorporar leyes orientadas a lograr una economía menos contaminante. Este nuevo impuesto, regulado en la Ley 7/2022 de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular interviene también en “la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de productos que forman parte del ámbito objetivo”, señala la Agencia Tributaria.

Este impuesto fija un tipo impositivo de 0,45 euros por kg de plástico no reciclado, y se encontrarán sujetos al impuesto tanto el fabricante nacional como el adquiriente intracomunitario y el importador.

¿Quieres saber en qué te afecta?

En cuanto a sus ejes de actuación, influye sobre lo siguientes:

Fabricación

No entrando dentro de este punto aquellos productos plásticos semielaborados necesarios para su obtención o productos que lo contengan en su cierre, comercialización o presentación. Con fabricación se refiere a la elaboración de mercancías sujetas a las exigencias del impuesto.

Importación

Concerniente a la obtención de productos objeto del impuesto que provengan de territorio no comprendido en la Unión Europea y su destino sea dentro de la Península o Baleares. Si se trata de Canarias, Ceuta o Melilla importación será todo aquel producto que proceda de fuera de la Península o Baleares.

Adquisición intracomunitaria

Es decir, la obtención de productos objeto del impuesto ya sean transportados o expedidos desde otro estado perteneciente a la Unión Europea, y cuyo destino sea España – con excepción de Canarias, Ceuta y Melilla -.

Tenencia irregular

Como su propio nombre indica se refiere a la posesión, comercialización, transporte o uso de estos productos sin su necesaria acreditación.

Podemos observar en pautas generales los principales ámbitos en los que afecta esta nueva normativa. A su vez, se incluyen los productos de plástico semielaborados, es decir, aquellos obtenidos a partir de materias primas que han sido sometidas a una serie de transformaciones y que requieren de otras para poder prestar su función como envase – por ejemplo, las láminas de termoplástico o las preformas -.

Dar el paso hacia una industria consciente de su huella de carbono es una necesidad cada vez más presente en la sociedad. Con medidas como la siguiente nuestro sector afronta un nuevo reto, pero a su vez, una oportunidad de demostrar nuevamente la adaptabilidad de la logística a las necesidades sociales.